REF.: REGISTRO DE APODERAMIENTOS EN LA AEAT
Barcelona, 11 de febrero de 2010
Estimado/a Cliente/a:
Hasta ahora ADASER ha podido efectuar la presentación telemática a la Agencia Tributaria (AEAT) a través de internet y en nombre de nuestros clientes de las liquidaciones periódicas de IVA, IRPF, Sociedades, Informativas, etc.., simplemente con el convenio de Colaborador Social con la Delegación de Hacienda.
En este ejercicio 2010 para que este despacho pueda presentar las liquidaciones periódicas, la AEAT obliga a los colaboradores profesionales a inscribir la autorización de todos sus clientes en el Registro de Apoderamientos.
Para ello, la AEAT distingue dos formas de tramitar la autorización a los colaboradores sociales bien sea otorgado por las Personas Físicas o bien por Entidades Mercantiles..
Personas físicas:
Mediante documento público o documento privado con firma legitimada notarialmente, presentado ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Por ello, requerimos su presencia en este despacho, con el D.N.I en vigor, para firmar la autorización, también en el caso que presente Vd. directamente las liquidaciones en su Banco/Caixa, debido ello a las posibles presentaciones de liquidaciones negativas o informativas.
Entidades Mercantiles:
Por comparecencia personal del poderdante en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
De acuerdo con la normativa vigente y documentación a presentar, iniciamos en este momento el proceso y trámites de otorgar la autorización correspondiente.
Para ambos casos, y con el fin de que se puedan presentar las próximas liquidaciones, pasamos a la espera a la mayor brevedad de su visita por estas/sus oficinas para poder formalizar el Registro de Apoderamientos ante la AEAT.
Un cordial saludo.
Miquel Taibo
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